Ayuda para los servicios de sustitución de personal en las explotaciones ganaderas

Información básica

A pequeñas y medianas explotaciones ganaderas.

El servicio de reposición sólo se prestará en ausencia del trabajo de los trabajadores de las fincas en las labores habituales en las mismas. No será objeto de esta ayuda la acumulación de trabajo en la finca y/o la ayuda para trabajo adicional.

La ayuda cubrirá los costes reales de sustitución de una persona dedicada a la agricultura o la ganadería, una persona física que sea miembro de la unidad familiar de la explotación o un trabajador agrícola durante su ausencia del trabajo por enfermedad, incluida la de sus hijos. , vacaciones, licencia de maternidad y licencia parental o en caso de muerte.

La duración total de la sustitución estará limitada a tres meses por año y por beneficiario, con excepción de la sustitución en el caso de los permisos de maternidad y paternidad que estarán limitadas a seis meses en cada caso.

Las sustituciones deberán efectuarse por personas ajenas a la explotación durante los siguientes períodos:

a) Servicio de sustitución de vacaciones: el periodo vacacional máximo elegible estará limitado a 15 días naturales por año y operación.
b) Servicio de reposición por enfermedad o accidente, incluido el de sus hijos: el plazo de reposición será de un máximo de 20 días naturales por finca y año. En este caso, podrán presentarse tanto solicitudes de explotación como cancelaciones, respetando el máximo mencionado en el punto 2 de este artículo.
c) Servicio de sustitución por maternidad o paternidad: el período máximo de sustitución por explotación y año se limitará a 30 días naturales para la maternidad y 20 días para la paternidad.
d) Servicio de reposición por fallecimiento: el plazo de reposición será de un máximo de 20 días naturales por finca y año.

Serán gastos subvencionables los gastos directos de personal, que podrán ser:

  • Los conceptos de costo salarial y seguridad social a cargo de la entidad prestadora del servicio.
  • Facturas emitidas a la entidad prestamista por el trabajador autónomo que realiza el servicio de reposición en la explotación.

Pasos del procedimiento:

  • Recepción de documentación
  • Revisión y verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos
  • Concesión o denegación de asistencia
  • Presentación de facturas y recibos.
  • resolución de suscripción

Instancia acompañada de la siguiente documentación:

  1. Copia certificada de los estatutos de la agrupación u organización de productores, cooperativa, asociación de ganaderos y/o de la agrupación de defensa sanitaria.
  2. Plan de actuación que refleje las pautas a seguir en los siguientes supuestos subvencionables:
  • Calendario previsto de actuaciones en caso de:
    • Festivos: con detalle del número de explotación, días y fecha aproximada.
    • Excedencias por enfermedad o accidente, incluido el de sus hijos: se podrá prever una excedencia máxima del 10% del número total de afiliados.
    • Maternidad o paternidad: con detalle del número de explotación, días y fecha aproximada.
    • Muerte.

3. Declaración de no estar incurso en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario, contemplados en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

4. Autorización para verificar las obligaciones tributarias y de Seguridad Social con el siguiente literal: “Don xxx, en nombre propio/por cuenta de xxx, autorizo ​​al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente para que verifique, dentro del procedimiento de tramitación de la convocatoria de ayudas para servicios de reposición de personal en explotaciones ganaderas, que yo mismo/la entidad a la que represento esté al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.”

5. En caso de incumplimiento del apartado d), la propia entidad presentará los datos correspondientes a las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

Procesando

Plazo:

17/05/22 – 17/06/22

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Ayuda para tramitar en línea

Otras formas de tramitar:

  • Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
    C/ González Tablas nº 9, planta baja
    31005 Pamplona (Navarra)
  • Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente

También podrá presentarse en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Servicio de Ganadería

Sección de Producción Animal
Negociación de Desarrollo Ganadero
C/ González Tablas nº 9
31005 Pamplona (Navarra)
Teléfono: 848 423 923
Fax: 848 423 932
Correo electrónico: produccion.animal@cfnavarra.es

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio