Información básica
Dirigido a
Podrán ser beneficiarias las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener domicilio fiscal en Navarra.
- No estar en cumplimiento de sanción administrativa firme o condena firme, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o género o, en su caso, no estar pendiente del cumplimiento de una sanción o pena impuesta por tal motivo.
- No estar incurso en las prohibiciones para ser beneficiario establecidas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Descripción
El objeto de la ayuda será la contratación de personas para la creación de una idea de proyecto, el seguimiento e identificación de programas y convocatorias, la búsqueda de socios o propuestas a incorporar, y el seguimiento y evaluación de las propuestas presentadas a lo largo del proyecto.
Los contratos deben cumplir las siguientes condiciones:
- Tener una duración mínima de doce meses y ser a tiempo completo.
- Ser indefinido. No serán válidos los contratos celebrados con personas que trabajen por cuenta propia.
- Recoger que la persona contratada prestará sus servicios para la gestión y/o promoción de proyectos europeos y asignar el grupo profesional de acuerdo con estas tareas.
- Estar fechados entre el día de la publicación de la convocatoria y, como máximo, dos meses después de la notificación de la concesión de la subvención.
La persona contratada deberá estar dada de alta en la Seguridad Social en los grupos de cotización 1 ó 2, según su categoría profesional y tener un salario bruto anual de al menos 32.000 euros.
La persona contratada prestará sus servicios en centros de trabajo radicados en Navarra.
La cuantía de las ayudas por contrato será de 15.000 euros por empresa.
Documentación a presentar
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LA SOLICITUD
La siguiente documentación, de acuerdo con los modelos disponibles en la hoja de ayuda, se escaneará en documentos separados debidamente identificados por su nombre:
- Impreso de solicitud, en el que se incluirá la declaración responsable a que se refiere la base 2.
- Copia de la escritura de constitución, o en su caso modificación, de la sociedad debidamente inscrita en el registro correspondiente.
- Informe detallando los criterios de valoración exigidos.
Si la solicitud no reúne los requisitos previstos en el artículo 66 de la LPAC, el órgano competente requerirá a la empresa interesada para que la subsane en un plazo máximo de 10 días hábiles, indicando que de no hacerlo dará lugar a su desistimiento. se dictará resolución del expediente.
En ningún caso se subsanará la no presentación de la documentación exigida en el número 3.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POSTERIOR A LA CONCESIÓN
Documentación a presentar en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de la ayuda:
- Declaración sobre la obligación de transparencia
- En el caso de estar sujeto a la obligación de transparencia:
- Declaración sobre la composición de los órganos y la dedicación
- Declaración sobre la remuneración de los cargos
- Últimas cuentas anuales, compuestas por balance, cuenta de pérdidas y ganancias e memoria.
Documentación a presentar en el plazo de dos meses desde la notificación de la concesión de la ayuda:
- Una copia del contrato
- En el caso de que la retribución esté establecida según convenio, copia del mismo
- Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización de la empresa en la que figura la persona contratada
- Declaración jurada que acredite que el contrato cumple con las condiciones exigidas en la base 3
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte de la persona contratada
- Currículum vitae de la persona contratada en la que conste su formación académica, experiencia, idiomas, etc.
Documentación a presentar antes del 18 de noviembre de 2022:
- Nómina y comprobante de pago desde que se formalizó el contrato hasta octubre de 2022
- Documento «Cuadro Nominal de Trabajadores» de la Seguridad Social correspondiente a esos meses de contrato
- Acreditación documental del cumplimiento de la obligación de publicidad a que se refiere la letra d) de la base 10, salvo que la publicidad se realice a través de la página web de la entidad en cuyo caso se indicará su domicilio.
Documentación a presentar transcurridos doce meses desde la contratación, y en un plazo máximo de 2 meses desde la finalización del periodo subvencionado:
- Nóminas y comprobantes de pago, correspondientes a los meses desde noviembre de 2022 hasta la finalización del contrato subvencionado.
- Documentos del “Cuadro Nominal de Trabajadores” correspondientes a los meses desde noviembre de 2022 hasta la finalización del contrato subvencionado.
- Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización de la empresa correspondiente al período subvencionado del contrato (12 meses).
- Un informe final, que recogerá al menos la siguiente información:
- Descripción de las actuaciones realizadas por la persona contratada en el marco del informe presentado en la solicitud y grado de satisfacción de la empresa con el trabajo realizado.
- Grado de consecución de los objetivos, según consta en el informe de solicitud de la ayuda y, en todo caso, información sobre todas las posibles oportunidades identificadas o propuestas presentadas a convocatorias de proyectos europeos derivadas de la contratación realizada.
normativo
- Orden Provincial 60E/2022 por la que se aprueban las bases de la convocatoria de ayudas.
- Ley Foral 11/2005 de Becas.
- Ley Foral 5/2018 por la que se regulan las obligaciones de transparencia de los beneficiarios de subvenciones con cargo a los presupuestos generales de Navarra.
Procesando
Dirección General de Acción Exterior
Servicio de la Oficina de Proyectos Europeos
Teléfono: 848 433 482
Correo electrónico: asuntoseuropeos@navarra.es