Información básica Subvenciones para la promoción del empleo autónomo
Desempleados inscritos en una de las Agencias de Empleo de Navarra – Nafar Lansare (SNE-NL) que se establezcan como autónomos.
Descripción
Subvención de cuantía variable (a partir de 2.000 euros) en función de las circunstancias personales de la persona que se establezca como trabajador autónomo.
La cuantía de las ayudas será la siguiente, en función de los distintos colectivos:
- En general: 2.000 euros
- Jóvenes de 30 años o menos: 2.200 euros
- Mayores de 45 años: 2.200 euros
- Parado de larga duración: 2.200 euros
- Mujer: 2.500 euros
- Personas con discapacidad: 3.000 euros
- Perceptores de Renta de Inclusión Social o prestación similar: 3.000 euros
- Mujeres víctimas de violencia de género: 3.500 euros.
Si un beneficiario se encuentra en más de uno de los grupos señalados, se le otorgará el subsidio correspondiente a la mayor cuantía.
En el caso de que el trabajador autónomo desarrolle su actividad en un municipio de Navarra, en cuyo padrón municipal actualizado al inicio de la actividad haya menos de 5.000 habitantes, percibirá una cantidad adicional de 1.000 euros.
Para beneficiarse de esta ayuda adicional, el trabajador por cuenta propia o autónomo deberá:
- Estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en un municipio cuyo padrón sea inferior a 5.000 habitantes.
- En el caso de solicitantes que no dispongan de local comercial, deberán estar empadronados en el municipio cuyo padrón municipal sea menor de 5.000 habitantes de la actividad, con una antigüedad de al menos un año.
Los trabajadores autónomos que desarrollen su actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes, además de la obligación general establecida en la Base 4ª, deberán permanecer dados de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas de la población de menos de 5.000 habitantes durante un periodo ininterrumpido .de 18 meses contados desde la afiliación en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Mutualidad correspondiente.
Esta ayuda es compatible con otras ayudas o subvenciones que puedan concederse con la misma finalidad, siempre que no procedan de fondos europeos.
Estas ayudas están sujetas a de minimis (ver Reglamento en el apartado «Reglamento»).
Los beneficiarios de la subvención harán pública la colaboración del Gobierno de Navarra y del Fondo Social Europeo, incluyéndola en un lugar visible del local y de la página web si existe, al menos durante un plazo de 18 meses, una CARTEL Támano DINA3con los logotipos correspondientes y la siguiente frase:
“Esta empresa ha recibido una ayuda cofinanciada al 100% con recursos REACT de la UE, a través del Programa Operativo FSE 2014-2020 en Navarra, como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia del COVID-19.”
Asimismo, deberán incluir en la publicidad de la operación que realicen, la cofinanciación de la misma a través del Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad Foral de Navarra.
Para que el emprendimiento se lleve a cabo en las mejores condiciones, el SNE-NL ofrece cursos y asesoramiento en su centro de Iturrondo, así como a través de CEIN y los agentes locales de desarrollo y empleo Eder, Cederna Garalur, Teder y Zona Media.
Documentación a presentar
La concesión se solicita a través del botón «Tramitar», adjuntando la siguiente documentación:
- Anexo I. Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 13 y 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
- Anexo II. Declaración en la que consten las subvenciones, ayudas, rentas o recursos obtenidos o solicitados con la misma finalidad o, en su caso, declaración expresa de no haberlos solicitado. Asimismo, la empresa solicitante deberá comunicar por escrito la concesión o nueva solicitud de subvenciones, ayudas, rentas o recursos o las nuevas situaciones que puedan surgir al respecto. También se indicará si están amparados por el régimen de minimis.
- Anexo III. Breve memoria del proyecto empresarial.
- Anexo IV. Obligaciones normativas comunitarias.
- Solicitud de abono de traslado (modelo oficial).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- En su caso, acreditación documental de que la actividad profesional se desarrolla en un local (contrato de alquiler, escrituras, etc.).
En el caso de personas físicas inscritas en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente: certificación donde se detallen los períodos de inscripción en la misma.
En su caso, acreditación de la condición de persona con discapacidad, en los términos de la base 3.2.
- En su caso, acreditación de la condición de víctima de violencia de género, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 14/2015, de 10 de abril, de actuación contra la violencia sobre la mujer.
- Cualquier otra documentación solicitada por el SNE-NL.
normativo
- Bases reguladoras consolidadas (solo documento informativo)
- Resolución 1291E/202211 de marzo (BON N° 71 – 8 de abril de 2022)
- Resolución 50E/20219 de febrero (BON Nª 47 – 1 de marzo de 2021)
- Resolución 49E/2020del 7 de febrero (BON Nº 37- 24 de febrero de 2020)
- Resolución 3528E/2019del 2 de diciembre (BON Nº 251 – 24 de diciembre de 2019)
- Resolución 473E/2019, de 28 de marzo (BON Nº 85 – 3 de mayo de 2019)
- Resolución 3006/2018, de 27 de noviembre (BON Nº 16 – 24 de enero de 2019)
- Resolución 506/2018, de 26 de abril (BON Nº 89 – 10 de mayo de 2018)
- Resolución 1365/2016, de 4 de julio (BON Nº 146 – 29 de julio de 2016)
- Regulaciones de minimis
Procesando
Solicitud de subvención
Plazo:
9/04/22 – 30/11/22
El plazo de presentación de solicitudes será un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, siempre que se haya publicado en el BON la autorización del gasto correspondiente. En caso contrario, el plazo será de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización.
- Las solicitudes de afiliación producidas a partir del 1 de noviembre de cada año deberán presentarse al año siguiente, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación oficial en el BON de dicha autorización de gasto.
- Las solicitudes de afiliación producidas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutuas del Colegio Profesional correspondiente, desde el 1 de noviembre del año anterior al 31 de octubre del año en curso, serán atendidas para cada ejercicio presupuestario.
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
- Con certificado digital o DNI electrónico
- Con Cl@ve
Ayuda para tramitar en línea
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Remediación
Plazo:
Abierto todo el año
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
- Con certificado digital o DNI electrónico
- Con Cl@ve
Ayuda para tramitar en línea
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