Subvenciones para la promoción de proyectos de investigación por el Departamento de Salud 2022

Información básica

  • Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D+i, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia en el campo de la biomedicina o las ciencias o tecnologías de la salud.
  • Universidades públicas, institutos universitarios y universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

La convocatoria de ayudas para el fomento de proyectos de investigación del Departamento de Salud tiene como objetivo promover, durante el año 2022, la ejecución de proyectos de investigación, de carácter plurianual, en disciplinas biomédicas, ciencias de la salud y sociosanitarias en las áreas de mayor impacto en la salud y mayor impacto en el Sistema de Salud de Navarra, fomentando la colaboración entre profesionales de diferentes áreas de conocimiento.

  • Documento 1 y 2. Solicitud firmada por el Director General de la entidad. En este documento se detallará el área de investigación correspondiente al proyecto de acuerdo con el Anexo II y un convenio de colaboración suscrito por el director gerente de la entidad y por el investigador principal y cada uno de los miembros del equipo de investigación, en el que el equipo y el investigador principal manifiestan su conformidad para que su proyecto se desarrolle dentro de la entidad. Este acuerdo irá acompañado de una declaración de la dirección del centro al que pertenezca el investigador principal del proyecto, manifestando que la dirección asume que el mismo se ajusta a las líneas de investigación, desarrollo e innovación establecidas para la institución, autorizando la realización de el proyecto y el total de horas solicitadas, que se computarán a tal efecto dentro de la jornada laboral. Se incluirá el presupuesto desglosado por concepto y anualidad.
  • Documento 3. Memoria del proyecto de investigación, incluyendo en sus apartados el impacto previsible de la aplicación de los resultados obtenidos del proyecto de investigación.
  • Documento 4. Curriculum vitae de cada uno de los miembros del equipo investigador, con indicación de los aspectos de mayor interés para el proyecto, que sólo podrá cumplimentarse de acuerdo con el modelo normalizado que se encuentra disponible de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 de estas bases o el curriculum vitae normalizado (CVN) de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), siempre que éste incorpore la misma información que la especificada en el modelo estándar de esta ficha (factor de impacto, etc.).
    No se considerarán miembros del equipo de investigación aquellos miembros que desempeñen, exclusivamente, funciones de asesoramiento o aquellas personas que hayan sido contratadas de acuerdo con el apartado 6.1.a).
  • Documento 5. Informe que valora positivamente el proyecto presentado a la convocatoria, realizado por el Comité de Ética de la Investigación del centro al que pertenece el investigador principal. En el caso de que no exista Comité de Ética de la Investigación en el centro, la evaluación la realizará el Comité de Ética de la Investigación con medicamentos de la Comunidad Foral de Navarra. En el caso de un ensayo clínico, el informe deberá ser emitido por el Comité Ético de Investigación de Medicamentos de la Comunidad Foral de Navarra, así como por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad. En el momento de la presentación del proyecto, será suficiente la presentación del acuse de recibo o registro de entrada en el Comité, debiendo presentarse el informe antes de la resolución final de concesión de la ayuda.
  • Documento 6. Declaración responsable del investigador principal de que no ha solicitado ninguna otra financiación o ayuda con el mismo fin o que lo ha solicitado en convocatoria pendiente de resolución.
  • Documento 7. Declaración responsable, emitida por el representante de la entidad, en la que se hace constar que ni ésta ni sus administradores y/o representantes tienen prohibido obtener la condición de “beneficiario de subvenciones”, de conformidad con el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

  • Resolución 168/2022 aprobar la convocatoria de subvenciones.
  • Resolución 2817E/2022 que modifica la Resolución 168/2022.

Procesando

Plazo:

14/04/22 – 30/05/22

Ayuda para tramitar en línea

Contacto

Sección de Investigación, Innovación y Gestión del Conocimiento

Pabellón de enseñanza
Complejo Hospitalario de Navarra
C/ Irúnlarrea, 3. Pamplona
Teléfonos: 848 42 26 23/848 42 28 10
Correo electrónico: investigacion.salud@navarra.es

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