Subvenciones para el fomento de la contratación de personas con dificultades de inserción REACT

Información básica

  • empresas
  • Trabajadores autónomos
  • Organizaciones sin ánimo de lucro

Requisitos para optar a la subvención
Compañías:

  • Disponer de un centro de trabajo con sede en Navarra.
  • Estar legalmente constituida de conformidad con sus reglamentos y, por tanto, tener personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, y estar inscrito en el registro público correspondiente.
  • Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 13 y 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.

Trabajadores contratados:

  • Estar desempleado y dado de alta como demandante de empleo en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, excepto en el caso de transformación de un contrato temporal o de duración determinada en indefinido.
  • Las personas con contrato indefinido y transformación de un contrato temporal o de duración determinada en indefinido deberán pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
    • personas mayores de 45 años
    • Gente joven menores de 30 años inscritos en el Registro de Garantía Juvenil
    • personas desempleado de larga duración

      A los efectos de la presente convocatoria, se considerarán parados de larga duración aquellos que hayan permanecido en el paro y registrados como demandantes de empleo en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, al menos 360 días durante los 540 días anteriores a su fecha de contratación. .

    • personas perceptores de Renta Garantizada

Los contratos se celebrarán al menos el 50% de la jornada.

Importes a subvencionar

Las cantidades a subvencionar serán las siguientes:

A) Contratos indefinidos o transformación en indefinidos:

  • Para contratos suscritos con personas mayores de 45 años o con jóvenes menores de 30 años inscritos en el Registro de Garantía Juvenil, 7.000 euros. Si la persona es además mujer, 7.700 euros.
  • Para contratos suscritos con parados de larga duración o con perceptores de rentas garantizadas, 9.000 euros. Si la persona es además mujer, 9.900 euros.

Estos importes se refieren a contratos indefinidos a jornada completa. Si la jornada laboral del contrato fuere inferior, la cuantía será proporcional.

B) Contratos de formación a tiempo completo, 4.000 euros. Estos contratos deberán fijar una jornada efectiva de trabajo no inferior al 30% de la jornada máxima de trabajo prevista en el convenio colectivo aplicable en la empresa, o en su defecto, de la jornada máxima de trabajo legal.

No se subvencionarán los contratos de formación para el estudio y el trabajo en los que la suma del tiempo de formación y el tiempo de trabajo en metálico no alcance el 100% de la jornada completa.

En este caso, la cantidad fija corresponde a contratos de al menos 1 año de duración. Si el contrato es de duración inferior, la parte proporcional se adjudicará por meses enteros, entendiéndose por meses enteros, los meses enteros de fecha a fecha, cualquiera que sea el número de días de los correspondientes meses enteros. Es decir, no se subvencionan los días que superan los meses completos.

    • Solicitud de subvención, debidamente cumplimentada online en el apartado «Tramitación» de esta web.
    • Contrato de trabajo suscrito entre la entidad beneficiaria y el desempleado.
    • Declaración responsable de la empresa sobre los requisitos de los artículos 13 y 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones (Anexo I).
    • Declaración en la que consten las subvenciones, ayudas, rentas o recursos obtenidos o solicitados con la misma finalidad o, en su caso, declaración expresa de no haberlos solicitado. La empresa solicitante también deberá comunicar por escrito la concesión o nueva concesión de solicitudes, ayudas, ingresos o recursos o cualquier situación nueva que se presente al respecto. También se indicará si están acogidos al régimen de minimis (Anexo II).
    • Declaración de obligaciones de transparencia (Anexo III).
    • Declaración de conocimiento de obligaciones de la Unión Europea (Anexo IV).
    • En el caso de que no hayas percibido previamente subvenciones del Gobierno de Navarra, el formulario de solicitud de un crédito de cesión.
    • Cualquier otra documentación solicitada por el SNE-NL.

    En el caso de personas con NIE es obligatorio indicar el número de soporte (instrucciones).

    Resolución 1653E/2022 aprobar la convocatoria y sus bases reguladoras.

    Procesando

    Plazo:

    21/04/22 – 30/11/22

    El plazo para presentar la solicitud será un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de inicio de la relación contractual, siempre que se haya publicado la autorización del gasto correspondiente. En caso contrario, será de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización.

    Sólo los contratos cuya la fecha de inicio es posterior a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra (BON nº 75 de 19/04/2022) y hasta el 31 de agosto de 2023.

    Las solicitudes de contratación realizadas a partir del 1 de noviembre de 2022 se presentarán al año siguiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación oficial de la autorización de gasto.

    Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

    • Con certificado digital o DNI electrónico
    • Con Cl@ve

    Ayuda para tramitar en línea

    Plazo:
    Abierto todo el año

    Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

    • Con certificado digital o DNI electrónico
    • Con Cl@ve

    Ayuda para tramitar en línea

    Contacto

    Sección de Promoción del Empleo e Igualdad de Oportunidades

    Parque Tomás Caballero, 1
    Edificio «Fuerte Príncipe II» – 2° piso
    31005 Pamplona (Navarra)
    Correo electrónico: fomentoempleo@navarra.es

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