Información básica
Dirigido a
Personas con una invalidez reconocida de entre el 33 y el 64% que no dispongan de ingresos económicos propios o cuyos ingresos sean inferiores a la pensión no contributiva de invalidez (PNC de Invalidez) y se afilien a un centro ocupacional.
requisitos:
- Alcanzar un grado de invalidez de entre el 33 y el 64%
- Falta de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas.
- Ser mayor de 18 años y menor de 65 años.
- Acreditación de residencia efectiva en Navarra con un mínimo de 2 años de antigüedad.
- Haber solicitado previamente a alguna de las administraciones y a la Seguridad Social las ayudas, pensiones, prestaciones o subvenciones de cualquier clase que por derecho le correspondan, incluidas las acciones judiciales derivadas del impago de alimentos.
- Estar integrado en programas de ajuste personal, participando en un centro ocupacional.
Descripción
- Es una prestación complementaria y subsidiaria de cualquier otra clase de recursos económicos y prestaciones sociales previstas en la legislación vigente.
- La cuantía de la prestación periódica será la necesaria para complementar los recursos económicos de la persona con discapacidad hasta el importe de la pensión de invalidez no contributiva.
- Se concederá por periodos anuales que se ajustarán al tiempo real de asistencia al centro ocupacional o centro de día.
- Los beneficiarios de estas ayudas deberán necesariamente seguir el programa de un centro ocupacional.
Documentación a presentar
- Solicitud firmada por el interesado.
- Informe social elaborado por el Servicio Social Básico o Unidad Vecinal que corresponda al domicilio del solicitante.
- Fotocopia del DNI, permiso de residencia o, en su defecto, del pasaporte del solicitante.
- Comprobante de ingresos del solicitante.
- Acuerdo de Incorporación Socio-Laboral
- En caso de separación o divorcio, convenio regulador o sentencia judicial y, en su caso, acciones judiciales iniciadas por impago de la pensión establecida, si no están ya incluidas en el expediente del Servicio Social Básico.
- Transferir solicitud de suscripción.
normativo
- Disposición Adicional de la Decreto Foral 120/1999, de 19 de abril(BON N° 54, 05/03/1999).
- Orden Foral 58/1999, de 17 de agosto, por el que se desarrolla el Decreto Foral 120/1999. (BON N° 113 del 09/10/1999).
- Orden Provincial 18/2007, de 26 de enero(BON nº 32, de 14/03/2007).
- Ley Foral 1/2012, de 23 de enero (BON nº 24, 3/02/2012)
- Ley Foral 36/2013, de 26 de noviembre, por la que se modifica la Ley Foral 1/2012, de 23 de enero (BON nº 233, 12/4/2013)
Procesando
en las oficinas
Plazo:
Abierto todo el año
Instrucciones:
- Servicio Social Básico correspondiente al domicilio
- Registro de la Dirección General de Inclusión y Protección Social
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona
Otras formas de tramitar:
También podrá presentarse en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.
Agencia Navarra para la Autonomía y el Desarrollo Humano (ANADP)
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona
Teléfonos: 902 165 170/848 426 900
Fax: 948 240 108
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es