Pensiones no contributivas de invalidez

Información básica

  • Personas mayores de 18 años y menores de 65 años con una discapacidad o enfermedad crónica del 65% o más.
  • Residentes en territorio español durante al menos cinco años, dos de ellos inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
  • El cómputo anual de sus ingresos no debe exceder de la cantidad establecida anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
  • En el caso de convivencia con otras personas unidas al solicitante por matrimonio o por lazos de consanguinidad hasta el segundo grado, la suma de estos ingresos no debe exceder el límite de recursos establecido.

  • Son pensiones de la Seguridad Social cuya gestión se transfiere a la Comunidad Foral de Navarra.
  • El monto se modifica anualmente con la revalorización de las Pensiones de la Seguridad Social.
  • La cantidad a percibir está sujeta a una escala (ingresos propios del solicitante, ingresos de la unidad económica de convivencia, grado de consanguinidad, etc.).
  • Los beneficiarios de la pensión tienen derecho a la asistencia sanitaria y farmacéutica del Régimen General de la Seguridad Social.
  • Existe un complemento por necesidad de otra persona para el que se requiere tener una discapacidad igual o superior al 75% y superar en más de 15 puntos la Escala de Necesidad de una Tercera persona establecida al efecto. El complemento es equivalente al 50% del monto de la pensión.

requisitos y montos

Más información

Pasos del procedimiento:

  • Una vez que la solicitud llegue a la Oficina de Pensiones No Contributivas de la Dirección General de Inclusión y Protección Social, se comprobará si la documentación incluida en el expediente es la requerida para su resolución.
  • Si la documentación es insuficiente o incorrecta, se solicita al interesado oa los organismos oficiales la información necesaria.
  • Cuando se disponga de toda la documentación, se resolverá el expediente, aplicando el baremo y la legislación vigente, y se remitirá al interesado copia de la resolución adoptada, con indicación de los plazos legales y del órgano al que deberá acudir para formularla. una denuncia por no cumplir con dicha resolución.

  • Solicitud en formulario específico debidamente cumplimentado.
  • Certificado(s) de registro que acredite la antigüedad requerida para el devengo de la pensión de invalidez no contributiva.
  • Certificado de convivencia.
  • Fotocopia del DNI del solicitante y de todos los miembros con los que convive. En el caso de extranjeros: Fotocopia compulsada del pasaporte y de la tarjeta, permiso o acreditación de residencia en España, referente tanto a la residencia actual como a los periodos reclamados.
  • En caso de incapacidad, resolución judicial de incapacidad legal y nombramiento de tutor.
  • Comprobante de ingresos del solicitante y, en su caso, de la unidad económica de convivencia.
  • Certificado de invalidez con un porcentaje igual o superior al 65%. Solicita el certificado.
  • Solicitud de pago por transferencia cumplimentada por el banco.

Procesando

Plazo:
Abierto todo el año

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Ayuda para tramitar en línea

Otras formas de tramitar:

Departamento de Derechos Sociales

Dirección General de Inclusión y Protección Social
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona (Navarra)

Servicio Social Básico correspondiente al domicilio.

Contacto

Departamento de Derechos Sociales

Dirección General de Inclusión y Protección Social
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona (Navarra)
Teléfonos: 848 426 900
Fax: 948 240 108
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es / nepen@navarra.es

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