Ayudas al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable

Información básica

Personas físicas y jurídicas

Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovables en el sector servicios, con o sin almacenamiento.

  • Categoría de autoconsumo renovable
  • Categoría de almacenamiento

Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovables en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.

  • Categoría de autoconsumo renovable
  • Categoría de almacenamiento

Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovables existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

  • Categoría de almacenamiento

Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovables en el sector residencial, administraciones públicas y tercer sector, con o sin almacenamiento.

  • Categoría de autoconsumo renovable
  • Categoría de almacenamiento

Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovables, ya existentes en el sector residencial, administraciones públicas y tercer sector.

  • Categoría de almacenamiento

Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas renovables en el sector residencial.

  • Categoría de autoconsumo renovable

Respuestas a preguntas frecuentes.

Relación de municipios con reto demográfico.

Información de la convocatoria en la web del IDAE.

Para la ejecución de las actuaciones se recomienda acudir a profesionales autorizados:
Lista de instaladores de EE. UU.

Existen deducciones fiscales por inversiones en instalaciones de energías renovables, vehículos eléctricos y sistemas de recarga> Más información.

Guías con información y documentación a presentar específica de cada programa (solo a título informativo; la información oficial se describe en la Resolución 121E/2021):

Guía de programas 1 Guía de programas 2

Guía de programas 3 Guía de programas 4

Guía de programas 5 Guía de programas 6

Guía para completar formularios

1. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA SOLICITUD INICIAL:

Formularios:

  • Formulario de aplicación
  • Formulario de información adicional

Declaraciones responsables:

  • Declaraciones a ser firmadas por el solicitante
  • Declaraciones a firmar por el técnico competente
  • Declaracion de mínimos (Trabajadores por cuenta propia)
  • Declaración de IVA responsable
  • Declaración DNSH inf 100 kW

Informes de apoyo:

  • Informe de consumo 80% RD477
  • Informe 80% GEI-Biomasa RD477
  • Informe Plan Est-DNSH-Residuos sup 100 kW

2. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR TRAS LA BECA (1 mes):

​​​​​​(Debe presentarse dentro de un mes desde la notificación de la decisión de adjudicación. La falta de presentación de estos documentos dentro del plazo especificado dará lugar a la pérdida de la subvención.)

En todos los casos:

  • Declaración de responsabilidad previa a la justificación.

Para personas jurídicas privadas:

  • Declaración relativa a la obligación de transparencia regulada en el Decreto Foral 59/2013, de 11 de septiembre. En euskera: Declaración sobre el deber de transparencia.

3. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA JUSTIFICAR ACTUACIONES:

(Debe presentarse dentro de 18 meses desde la notificación de la decisión de adjudicación. A continuación se adjuntan modelos de algunos de los documentos requeridos. Se recomienda consultar las guías de programas correspondientes para toda la documentación necesaria.)

Modelos

  • Declaración responsable justificación
  • Informe justificativo de la correcta realización de las actuaciones
  • Declaración de cobro de otras subvenciones con la misma finalidad
  • Lista de facturas y comprobantes de pago
  • Lista de pedidos y contratos
  • Solicitud de suscripción
  • cartel publicitario
  • Informe 80% Autoconsumo
  • Informe de Reducción de Emisiones de Biomasa del 80%

EN CASO DE SOLICITAR CON ANTICIPACIÓN:

  • Previa solicitud
  • Departamento del Departamento del Tesoro

Los documentos anteriores son rellenables digitalmente. Se recomienda utilizar un lector de PDF para cumplimentación y firma electrónica.

Anexo: Información sobre la protección de datos personales.

  • Resolución 121E/2021 aprueba la convocatoria de ayudas en Navarra.
  • Real Decreto 477/2021 por el que se regula la convocatoria.

Procesando

Plazo:

11/10/21 – 31/12/23

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Ayuda para tramitar en línea

Otras formas de tramitar:

Importante: Por razones de salud, algunos registros no están abiertos. Deben tramitarse a través de los registros abiertos al público solicitando cita previa. En todo caso, Las entidades deberán presentar la solicitud por vía electrónica.

Plazo:
Abierto todo el año

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Ayuda para tramitar en línea

Otras formas de tramitar:

Importante: Por razones de salud, algunos registros no están abiertos. Deben tramitarse a través de los registros abiertos al público solicitando cita previa. En todo caso, Las entidades deberán presentar la solicitud por vía electrónica.

Plazo:

26/05/22 – 27/06/22

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Ayuda para tramitar en línea

Plazo:
Abierto todo el año

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Ayuda para tramitar en línea

resultados

  • 1ª Resolución de concesión
  • Información sobre fondos disponibles y futuras resoluciones de subvenciones

Contacto

Sección del Plan de Energía

Parque Tomás Caballero, 1
Edificio «Fuerte del Príncipe II», 5° Piso
31005 Pamplona
Teléfono: 848 429 700
E-mail: transicionenergetica@navarra.es (indicar en el asunto el nombre de la convocatoria y hacer un resumen de la consulta).

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