Ayuda a víctimas de violencia de género con dificultades para la obtención de un empleo

Información básica

Víctimas de violencia de género que cuenten con recursos económicos insuficientes y especiales dificultades para la obtención de empleo, que cumplan los siguientes requisitos:

  • No vivas con el agresor.
  • La falta de ingresos que supere la cuantía vigente de la Renta Básica en la Comunidad Foral de Navarra, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, con carácter mensual.
  • Residir en la Comunidad Foral de Navarra.
  • En el caso de carecer de nacionalidad española, estar dado de alta como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo y en las agencias de empleo, de acuerdo con la normativa vigente sobre permanencia y trabajo de extranjeros en España.
  • Tener especiales dificultades para conseguir un trabajo.

La cuantía de la ayuda será, con carácter general, equivalente a seis meses de prestación por desempleo.

Cuando la víctima tenga responsabilidades familiares y/o algún miembro de la unidad familiar tenga reconocido oficialmente un grado de invalidez igual o superior al 33%, la cuantía de la ayuda será el equivalente a doce, dieciocho o veinticuatro meses de desempleo. beneficios.

Pasos del procedimiento:

  • La Resolución se dictará y notificará al solicitante en el plazo de 3 meses, a contar desde la fecha de inscripción de la solicitud en el registro del Instituto Navarro para la Igualdad / Instituto Navarro para la Igualdad.
  • La falta de resolución y notificación expresa en el plazo previsto será desestimatoria.

  • Solicitud de ayuda a la empleabilidad debidamente cumplimentada
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI). Las personas que no tengan la nacionalidad española deberán aportar en su lugar fotocopia del pasaporte, permiso de residencia y permiso de trabajo.
  • Documento acreditativo de la condición de víctima de violencia de género
  • Transferir solicitud de suscripción
  • Certificado de registro emitido no más de un mes antes de la solicitud

En el caso de alegar concurrencia de responsabilidades familiares:

  • Fotocopia del Libro de Familia
  • Fotocopia del DNI de los familiares a su cargo, o de los menores en situación de acogimiento, que estén obligados a poseerlo, o fotocopia del pasaporte en el caso de que no tengan la nacionalidad española.
  • En el caso de convivencia, el certificado de registro debe incluir a todas las personas que residen en la vivienda.
  • En el caso de que no exista convivencia, fotocopia del convenio o auto judicial en virtud del cual exista una obligación alimentaria.
  • En el caso de menores en acogimiento familiar, documento judicial o administrativo de acogimiento familiar.
  • En el caso de alegar concurrencia de incapacidad en sí misma o en alguno de los familiares a cargo, o menores en acogimiento familiar, documento oficial que acredite tal condición.
  • En el caso de alegar gastos por vivienda habitual, recibo correspondiente al pago realizado en el último mes.

Todos los documentos deben ser originales o fotocopias notariados o certificados administrativamente.

  • Orden Foral 297/2009 por la que se regula el sistema de concesión de ayudas a las víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos económicos y especiales dificultades para la inserción laboral
  • Decreto Foral 69/2008 aprueba la Cartera General de Servicios Sociales

Procesando

Plazo:
Abierto todo el año

Instrucciones:

Instituto Navarro para la Igualdad
C/ Alhóndiga, 1, 2º
31002 Pamplona

Otras formas de tramitar:

También podrá presentarse en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Instituto Navarro para la Igualdad

Sección de Violencia contra la Mujer
C/ Alhóndiga, 1, 2º
31002 Pamplona
Teléfono: 848 42 15 88
Correo electrónico: instituto.navarro.igualdad@navarra.es

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