Subvenciones para la contratación de personas desempleadas menores de 30, en áreas económicas prioritarias de la estrategia de especialización inteligente

Información básica

Dirigido a empresas cuya actividad se desarrolle en alguno de los ámbitos económicos prioritarios determinados por la estrategia de especialización inteligente (automoción y mecatrónica, cadena alimentaria, energías y recursos renovables, salud, turismo integral e industrias creativas y digitales).

Las partidas «split» (doble dígito) de la CNAE 2009 correspondientes a estos sectores son:

  • 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29
  • 30 33 35 38 39
  • 55 56 58 59
  • 60 61 62 63
  • 71 72 73 74 75
  • 86
  • 90 91 94

Para ser elegible, Las empresas deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Foral de Navarra o centro de trabajo radicado en Navarra.
  • Tener más de 50 empleados.
  • Estar legalmente constituido de conformidad con su reglamento y, por tanto, tener personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y estar inscrito en el registro público correspondiente.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Personas contratadas:

  • Estar desempleado y dado de alta en el Servicio Navarro de Empleo – Nafar Lansare en la fecha de contratación.
  • Ser menor de 30 años.
  • No haber tenido contrato indefinido en los últimos 6 meses.
  • No haber trabajado en la empresa en los 6 meses anteriores.

Importes a subvencionar:

  • Contratos suscritos con perceptores de Renta Garantizada, o mujeres, cuando el contrato suscrito sea por 12 o más meses: 1.100,00 €/mes
  • Contratos suscritos con perceptores de renta garantizada, o mujeres, cuando el contrato suscrito sea de entre 6 y 12 meses: 1.045,00 €/mes
  • Contratos firmados con hombres que no perciban Renta Garantizada, cuando el contrato sea de 12 o más meses: 990,00 €/mes
  • Contratos firmados con hombres que no perciban Renta Garantizada, cuando el contrato firmado sea de entre 6 y 12 meses: 935,00 €/mes

El plazo máximo subvencionable será de 12 meses.

La retribución bruta mínima anual (incluidas las pagas extraordinarias) deberá constar en el contrato y no podrá ser inferior a 1,75 veces el SMI legalmente establecido.

A partir del día siguiente al de la publicación en el BON de la modificación de las bases previstas y con efectos desde el 1 de enero de 2018, también podrán optar a las ayudas:

  • Contratación indefinida de aquellos trabajadores que, dentro de los seis meses anteriores a la fecha del contrato indefinido, hayan trabajado temporalmente en la empresa solicitante.
  • Prórrogas realizadas a aquellos contratos inicialmente subvencionados, que tenían una duración inferior a 12 meses. La duración mínima de la prórroga será de 3 meses.

  • Solicitud de subvención, debidamente cumplimentada, según modelo oficial:
    • Solicitud de persona jurídica
    • Solicitud de prórroga para persona jurídica
      En el caso de personas con NIE es obligatorio indicar el número de soporte (instrucciones).
    • Instancia de remediación
  • Documentación adjunta:
    • Fotocopia del contrato de trabajo
    • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 13 y 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones (Anexo I)
    • Declaración de otras ayudas (Anexo II)
    • Declaración de Obligaciones de Transparencia (Anexo III)
    • En el caso de que no haya percibido previamente subvenciones del Gobierno de Navarra, el formulario de solicitud de pago de transferencias
    • Cualquier otra documentación solicitada por el SNE-NL

  • Resolución 196E/2022 autorización de gastos (BON nº 43 de 1 de marzo de 2022)
  • Resolución 4214E/2021 autorización de gastos (BON n° 239 de 14 de octubre de 2021)
  • Resolución 57E/2021 autorización de gastos (BON N° 47 de 1 de marzo de 2021)
  • Resolución 3230E/2020 autorizando el gasto de la convocatoria (BON N° 253 de 29 de octubre de 2020)
  • Resolución 48E/2020 autorizando el gasto de la convocatoria (BON N° 40 de 27 de febrero de 2020)
  • Resolución 2958E/2019 autorizando el gasto de la convocatoria (BON nº 227 de 18 de noviembre de 2019)
  • Resolución 849E/2018 autorizando el gasto por adelantado para 2019 (BON nº 231, de 29 de noviembre de 2018)
  • Resolución 52E/2018 que modifica la Resolución 2188/2017 (BON nº 84, de 3 de mayo de 2018)
  • Resolución 2188/2017 que aprueba la convocatoria (BON nº 143, de 26 de julio de 2017)

Procesando

Plazo:

03/02/22 – 30/11/22

El plazo de presentación será un mes a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la relación contractual, siempre que se haya publicado la autorización del gasto correspondiente. En caso contrario, el plazo será de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización.

Solicitudes a las que se hace referencia contratos realizados a partir del 1 de noviembre de cada año se presentará dentro de un mes a partir del día siguiente de la publicación en el BON de la correspondiente autorización de gasto.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Ayuda para tramitar en línea

Plazo:
Abierto todo el año

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Ayuda para tramitar en línea

resultados

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Resultados de la convocatoria 2019

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Resultados de la convocatoria 2017

Contacto

Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (Órgano responsable – convocante)

Servicio de Promoción del Empleo y Servicios Empresariales
Sección de Promoción del Empleo e Igualdad de Oportunidades
Correo electrónico: fomentoempleo@navarra.es

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