Renta Garantizada

Información básica

Personas que no tengan cubiertas sus necesidades básicas y que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley Provincial.

Requisitos de acceso:

  • Mayores de 18 años o menores emancipados.
    En el caso de tener entre 18 y 24 años, sin hijos a cargo, deberá haber vivido de forma independiente durante al menos dos años antes. Se entiende que ha vivido de forma independiente si lleva al menos un año de alta en la Seguridad Social, y siempre que acredite que su domicilio ha sido diferente al de sus padres durante los dos últimos años.
  • Residir en la Comunidad Foral de Navarra al menos dos años antes de la presentación de la solicitud, o un año en los casos en que en la unidad familiar existan menores o personas dependientes o personas con discapacidad superior al 65%.
  • Falta de recursos suficientes para satisfacer sus necesidades básicas. Se considera que existe deficiencia cuando la capacidad económica de la persona que la solicita y de los demás miembros de la unidad familiar es inferior, en su conjunto, al monto que establece la Renta Garantizada para esa unidad, según el número de miembros
  • Haber solicitado previamente, a cualquiera de las Administraciones competentes, las prestaciones, pensiones o subsidios de cualquier clase que pudieran corresponder, así como ejercitar las acciones legales para el establecimiento y pago de pensiones alimenticias y/o compensatorias.

Solicitante y unidad familiar:

Para la determinación del derecho a la prestación y su cuantía se considerará toda la unidad familiar del solicitante.

Determinación de la cantidad:

El monto de la Renta Garantizada será la diferencia entre el monto establecido, según el número de integrantes de la unidad familiar, y los ingresos mensuales que ésta percibe.

Importes en 2022:

  • Unidad familiar de 1 miembro: 658,37€
  • 2 miembros: 888,81€
  • 3 miembros: 1.053,39 €
  • 4 miembros: 1.152,15€
  • 5 miembros: 1.260,90 €
  • 6 o más socios: 1.316,74 €

Obligaciones de las personas que perciben la Renta Garantizada

Incentivos al empleo

Con el fin de estimular el acceso al empleo durante el período de percepción de la Renta Garantizada, se excluirá una parte de los ingresos que provengan de actividades laborales.

Pasos del procedimiento:

El Servicio de Garantía de Rentas y Cooperación al Desarrollo verificará el cumplimiento de los requisitos por parte del interesado y emitirá un informe de concesión favorable o desfavorable.

Las familias que soliciten por primera vez la Renta Garantizada serán informadas y orientadas, desde los Servicios Sociales Básicos, sobre su derecho a iniciar un proceso personalizado de inclusión social.

En el caso de que la familia haya percibido la Renta Garantizada por un período superior a un año, sin que se produzcan cambios en los ingresos que percibe ni en su situación económica, se realizará un proceso personalizado de inclusión social, con el fin de incentivar y promover la inclusión activa.

Si el periodo de percepción de la Renta Garantizada es de al menos dos años, la Administración Pública correspondiente deberá ofrecerle al menos la posibilidad de participar en un programa de Empleo Social Protegido u otra opción de empleo y/o formación.

  • Solicitud en formulario específico (que se facilitará en los Servicios Sociales Básicos), debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante y verificada por el Servicio Social Básico correspondiente.
  • Fotocopia de DNI/NIE o documentación que acredite la identidad y residencia legal del solicitante y, en su caso, Pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar
  • Fotocopia del libro de familia o documento equivalente en el caso de personas de origen extranjero
  • Hoja de registro y convivencia que acredita el tiempo de residencia en Navarra y que incluye a todas las personas que viven en el mismo domicilio.
  • Justificación documental de los ingresos económicos y bienes del solicitante y de todas las personas de la Unidad Familiar:
    • En el caso de empleados: contrato de trabajo y últimas 6 nóminas
    • En el caso de trabajadores por cuenta propia (autónomos):
      • Declaración del pago del IRPF de los dos últimos trimestres anteriores a la solicitud, y Balance de ingresos y gastos del último semestre. Certificados de pensión contributiva
      • Contrato de arrendamiento para justificar los ingresos por arrendamientos.
      • Otros ingresos atípicos (herencias y legados, indemnizaciones por despido o de cualquier clase, etc.): comprobante de ingresos correspondiente a documento oficial.
      • Certificado bancario con el saldo vigente de todas las cuentas de las que sea titular.
  • En los casos de separación o divorcio: demanda de separación o sentencia firme si ya la tuviere, o, en su caso, convenio regulador o justificación del inicio del procedimiento.
  • Solicitud de pago por transferencia debidamente cumplimentada por el banco.

  • Ley Provincial 15/2016, de 11 de noviembre, por la que se regulan los derechos a la Inclusión Social y la Renta Garantizada (BON Nº 223, de 18/11/2016; corr. Err., BON 25/11/2016)
  • Decreto Foral 26/2018del 25 de abril, sobre el desarrollo de los derechos a la Inclusión Social y al Ingreso Garantizado (BON Nº 107, del 06/05/2018)
  • Orden Provincial 10/2019, de 16 de enero, por la que se actualiza la cuantía de la Renta Garantizada para el ejercicio 2019 (BON Nº 23, de 02/04/2019)

Procesando

Plazo:
Abierto todo el año

Instrucciones:

Servicio social básico correspondiente al domicilio del solicitante.

Contacto

Departamento de Derechos Sociales

C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona
Teléfonos: 848 426 900
Fax: 948 240 108
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es

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