Ayudas para la rehabilitación energética de edificios (EDIFICIOS MRR)

Información básica

Personas físicas o jurídicas, comunidades de propietarios, administraciones públicas y empresas públicas.

Las ayudas se conceden para actuaciones de mejora acreditada de la eficiencia energética o rehabilitación de edificios, con especial atención a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva, en edificios de uso predominantemente residencial.

Pueden optar por ellas las viviendas existentes de cualquier tipo (unifamiliares o colectivas) con una antigüedad superior a 20 años.

Se subvencionarán las actuaciones iniciadas a partir del 1 de enero de 2022 y no finalizadas. Se establece un plazo de 26 meses desde la concesión para la finalización de las obras.

Una reducción de al menos un 45% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable para la certificación energética y una reducción de la demanda energética global anual de al menos un 35% en las zonas climáticas D y E, y del 25% en la zona climática C (Clasificación climática del Código Técnico de la Edificación).

Cuadro de definición de persona con vulnerabilidad económica

La ayuda se concede sobre la base de una evaluación individual, por orden de solicitud.

  • Solicitud
  • Declaración responsable EDIFICIOS
  • Declaración responsable DSNH EDIFICIOS
  • Certificado de eficiencia energética antes y después de las obras.
  • Reportaje fotográfico de las obras.
  • Informes y documentación diversos a los que se refiere el Anexo II de las normas generales.

  • Resolución 140/2022 aprobar la convocatoria de subvenciones.
  • Real Decreto 853/2021 por la que se regulan los programas asistenciales en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Procesando

Plazo:

1/04/22 – 31/12/22

Las ayudas se concederán mediante el sistema de evaluación individualizada, de acuerdo con el estricto orden de presentación de solicitudes, hasta agotar la dotación presupuestaria.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Ayuda para tramitar en línea

Otras formas de tramitar:

También podrá presentarse en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Servicio de Vivienda del Gobierno de Navarra

C/ Alhóndiga nº1, 1º planta
31002 Pamplona
Teléfono: 848 427 570
Correo electrónico: rehabilita@navarra.es
Información sobre las convocatorias en las Oficinas de Rehabilitación de Viviendas de Navarra (ORVE).

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