Información básica
Dirigido a
- Las personas naturales o jurídicas de carácter privado o público que sean propietarias de una finca.
- Las comunidades de regantes y otras organizaciones que tengan por objeto la gestión común del agua para el riego agrícola o la gestión común de otros combustibles y fuentes de energía con fines agrícolas.
- Titulares de fincas de regadío que utilicen redes de riego para cuyo funcionamiento se requiera actualmente para el consumo de energía eléctrica.
- Cualquier organización o asociación de productores agropecuarios reconocida por la autoridad competente.
- Comunidades de energía renovable y comunidades de energía ciudadana.
- Empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
Descripción
El objeto de las ayudas es incentivar y promover actuaciones para racionalizar el consumo energético y aumentar la producción energética mediante energías renovables en las explotaciones agrarias.
Resumen de la convocatoria.
Preguntas y respuestas más frecuentes.
Información sobre la protección de datos personales.
Documentación a presentar
1. Documentación a presentar con la solicitud inicial:
- Formulario de aplicación
- Copia del DNI, NIE o NIF del solicitante y, en su caso, de su representante
- Copia de la escritura de representación o documento acreditativo de la representación
- En el caso de entidades vinculadas o dependientes del sector público: declaración de su afiliación y del desarrollo o no de actividad comercial y comercial
- Memoria descriptiva de las actuaciones a realizar, que contenga:
- Descripción y alcance de la acción
- Justificación del ahorro energético
- inversión
- Costo elegible
- Ayuda solicitada
- En su caso, declaración de IVA responsable
2. Documentación a presentar posterior a la concesión (1 mes):
Obligación de los beneficiarios: enviar el término de un mes a partir de la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda la declaración sobre la obligación de transparencia.
- Documento de declaración de transparencia
3. Documentación necesaria para justificar las actuaciones:
Deberá presentarse en el plazo máximo de 12 meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda.
- Plantilla de póster publicitario
normativo
- Resolución 1E/2022 por la que se prorroga el plazo de la convocatoria.
- Resolución 35E/2021 aprobando la convocatoria en Navarra.
- Real Decreto 149/2021 por el que se regula el programa de ayudas y se acuerda su concesión directa a las comunidades autónomas.
Procesando
Presentación de solicitudes
Registro de remedios
resultados
Concesión de ayuda
Beneficiarios primera subvención.
Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial
Sección Plan Energético / Servicio de Transición Energética
Parque Tomás Caballero, nº 1, 5ª Planta
Edificio Fuerte Príncipe II
31005 Pamplona (Navarra)
Teléfonos: 848 42 97 00
Correo electrónico: transicionenergetica@navarra.es (indicar en el asunto del correo el nombre de la convocatoria y hacer un resumen de la consulta).