Ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias

Información básica

  • Las personas naturales o jurídicas de carácter privado o público que sean propietarias de una finca.
  • Las comunidades de regantes y otras organizaciones que tengan por objeto la gestión común del agua para el riego agrícola o la gestión común de otros combustibles y fuentes de energía con fines agrícolas.
  • Titulares de fincas de regadío que utilicen redes de riego para cuyo funcionamiento se requiera actualmente para el consumo de energía eléctrica.
  • Cualquier organización o asociación de productores agropecuarios reconocida por la autoridad competente.
  • Comunidades de energía renovable y comunidades de energía ciudadana.
  • Empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.

El objeto de las ayudas es incentivar y promover actuaciones para racionalizar el consumo energético y aumentar la producción energética mediante energías renovables en las explotaciones agrarias.

Resumen de la convocatoria.

Preguntas y respuestas más frecuentes.

Información sobre la protección de datos personales.

1. Documentación a presentar con la solicitud inicial:

  • Formulario de aplicación
  • Copia del DNI, NIE o NIF del solicitante y, en su caso, de su representante
  • Copia de la escritura de representación o documento acreditativo de la representación
  • En el caso de entidades vinculadas o dependientes del sector público: declaración de su afiliación y del desarrollo o no de actividad comercial y comercial
  • Memoria descriptiva de las actuaciones a realizar, que contenga:
    • Descripción y alcance de la acción
    • Justificación del ahorro energético
    • inversión
    • Costo elegible
    • Ayuda solicitada
  • En su caso, declaración de IVA responsable

2. Documentación a presentar posterior a la concesión (1 mes):

Obligación de los beneficiarios: enviar el término de un mes a partir de la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda la declaración sobre la obligación de transparencia.

  • Documento de declaración de transparencia

3. Documentación necesaria para justificar las actuaciones:

Deberá presentarse en el plazo máximo de 12 meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda.

  • Plantilla de póster publicitario

  • Resolución 1E/2022 por la que se prorroga el plazo de la convocatoria.
  • Resolución 35E/2021 aprobando la convocatoria en Navarra.
  • Real Decreto 149/2021 por el que se regula el programa de ayudas y se acuerda su concesión directa a las comunidades autónomas.

Procesando

Plazo:

06/11/21 – 31/12/23

Se ha prorrogado la vigencia del Programa hasta el 31 de diciembre de 2023.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Ayuda para tramitar en línea

Plazo:
Abierto todo el año

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Plazo:
Abierto todo el año

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resultados

Beneficiarios primera subvención.

Contacto

Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial

Sección Plan Energético / Servicio de Transición Energética
Parque Tomás Caballero, nº 1, 5ª Planta
Edificio Fuerte Príncipe II
31005 Pamplona (Navarra)
Teléfonos: 848 42 97 00
Correo electrónico: transicionenergetica@navarra.es (indicar en el asunto del correo el nombre de la convocatoria y hacer un resumen de la consulta).

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