Información básica
Dirigido a
Personas que no tengan cubiertas sus necesidades básicas y que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser beneficiario de una Pensión de Retiro No Contributiva al momento de la solicitud.
- Que el derecho al reconocimiento de una Renta Garantizada no haya sido ejercido o pueda ser ejercido por alguna de las personas que forman parte de la Unidad Familiar del pensionado.
- Cumplir los requisitos para ser perceptor de Renta Garantizada. Estos son:
- Residir en la Comunidad Foral de Navarra al menos dos años antes de la fecha de presentación de la solicitud, o un año en los casos en que existan menores o personas dependientes en la unidad familiar o con una discapacidad superior al 65%.
- Falta de recursos suficientes para satisfacer sus necesidades básicas. Se considera que existe deficiencia cuando la capacidad económica del solicitante y de los demás miembros de la unidad familiar es inferior, en su conjunto, al importe de la Renta Garantizada que pueda corresponder a dicha unidad. La capacidad económica está determinada por los ingresos obtenidos en los últimos seis meses, los ingresos corrientes y el patrimonio.
- Haber solicitado previamente a cualquiera de las Administraciones competentes las prestaciones, pensiones o subsidios de cualquier clase que le correspondan, así como ejercitar las acciones legales para el establecimiento y pago de pensiones alimenticias y/o compensatorias.
Descripción
¿Qué es la deducción de pensión adicional?
Solicitante y unidad familiar:
Para la determinación del derecho a la prestación y su cuantía se considerará toda la unidad familiar del solicitante.
Determinación de la cantidad:
La cuantía de la Renta Garantizada será la diferencia entre la cantidad establecida en función del número de miembros de la unidad familiar y los ingresos mensuales de que disponga.
Capacidad económica:
Se tendrán en cuenta los ingresos económicos de los 6 meses anteriores a la solicitud, los ingresos corrientes y los bienes muebles e inmuebles de cualquier miembro de la unidad familiar con el siguiente límite:
Importes en 2022:
- Unidad familiar de 1 miembro: 658,37€
- 2 miembros: 888,81€
- 3 miembros: 1.053,39 €
- 4 miembros: 1.152,15€
- 5 miembros: 1.250,90 €
- 6 o más socios: 1.316,74 €
Pasos del procedimiento:
El Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo verificará el cumplimiento de los requisitos por parte del interesado y emitirá el informe favorable o desfavorable de la concesión.
- Las unidades familiares que soliciten por primera vez la Renta Garantizada serán informadas y orientadas, desde los Servicios Sociales Básicos, para que puedan ejercer el derecho a un proceso personalizado de inclusión social.
- En el caso de que la unidad familiar haya sido perceptora de una Renta Garantizada durante un período superior a un año ininterrumpido y que no se haya producido ninguna variación en la renta percibida por un cambio en su situación económica, se deberá realizar el trámite personalizado. de inclusión social con el fin de fomentar y promover su inclusión activa.
- Si el plazo de percepción de la Renta Garantizada es de al menos veinticuatro meses, la Administración Pública correspondiente deberá ofrecer, en su caso, al menos la posibilidad de participar en un programa de Empleo Social Protegido u otra opción de empleo y/o formación.
Documentación a presentar
- Solicitud en formulario específico debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante.
- Fotocopia del DNI/NIE o documentación que acredite la identidad y residencia legal del solicitante y, en su caso, el pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar.
- Fotocopia del libro de familia o documento equivalente en el caso de personas de origen extranjero.
- Hoja de registro y convivencia que acredita el tiempo de residencia en Navarra y que incluye a todas las personas que viven en el mismo domicilio.
- Justificación documental de los ingresos económicos y bienes del solicitante y de todas las personas de la Unidad Familiar:
- En el caso de empleados: contrato de trabajo y últimas 6 nóminas.
- En el caso de trabajadores por cuenta propia (autónomos): declaración del pago del IRPF de los dos últimos trimestres anteriores a la solicitud y saldo de ingresos y gastos del último semestre.
- Certificados de pensiones contributivas.
- Contrato de arrendamiento para justificar los ingresos por arrendamientos.
- Otros ingresos atípicos (herencias y legados, indemnizaciones por despido o de cualquier clase, etc.): comprobante de ingresos correspondiente a documento oficial.
- Certificado bancario con el saldo vigente de todas las cuentas de las que sea titular.
- En los casos de separación o divorcio: solicitud de separación o sentencia firme si ya la tuvieren o constancia del inicio del procedimiento y, en su caso, convenio regulador o constancia del inicio del procedimiento.
Todos los documentos son obligatorios si no están en los archivos del Departamento de Derechos Sociales.
OBLIGACIONES
- Residir efectiva y continuamente en Navarra durante todo el período de percepción de la prestación.
- Hacer valer, durante todo el período de percepción de la prestación, cualquier derecho a la prestación de contenido económico que pudiera corresponder tanto al solicitante como a cualquiera de los miembros de la unidad familiar.
- Comunicar cualquier cambio en las circunstancias de la unidad receptora que hayan sido tenidas en cuenta para la concesión de la deducción, dentro de los quince días hábiles siguientes a la ocurrencia de tales circunstancias.
- Comunicar cualquier cambio de domicilio habitual dentro de los quince días hábiles siguientes a la ocurrencia del hecho.
- Reembolso de pagos indebidamente recibidos.
normativo
- Decreto Foral 110/2017, de 13 de diciembre, por el que se regula el pago anticipado de la deducción por pensiones de viudedad y por pensiones de jubilación no contributivas.
- Ley Foral 15/2016de 11 de noviembre de 2016, por la que se regulan los derechos a la Inclusión Social ya la Renta Garantizada.
- Decreto Foral Legislativo 4/2008de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Provincial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Ley Foral 6/2017, de 9 de mayode modificación parcial del texto refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas, aprobado por Decreto Legislativo Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio.
Procesando
Presentación de solicitudes
Plazo:
Abierto todo el año
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
- Con certificado digital o DNI electrónico
- Con Cl@ve
Ayuda para tramitar en línea
Otras formas de tramitar:
La solicitud debe presentarse a:
- El Departamento de Derechos Sociales (C/ González Tablas, 7, Pamplona).
- Servicios Sociales Básicos, Ayuntamientos de la Comunidad Foral.
También podrá presentarse en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.
Departamento de Derechos Sociales
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona
Teléfonos: 902 165 170 y 848 426 900
Fax: 948 240 108
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es